Presupuesto, compra de sentencias y turnos de pago 2021.

Presupuesto, compra de sentencias y turnos de pago 2021.

Así se configura prevaricato por acción | Ámbito Jurídico

Las sentencias que están en mora han tomado más relevancia, desde que la crisis económica por causa del COVID-19, porque estos dineros que les adeudan a miles de colombianos y sus familias, pueden ser la salida para empezar a vivir con mayor tranquilidad.  El 2020 el Gobierno Nacional aseguró que se empezaría a agilizar el pago a los beneficiarios que están en turno, apoyado en el Decreto 642 de 2020, creado para la atención de solicitudes de reconocimiento y compra de sentencias o conciliaciones que se adeudan por distintas entidades. Sin embargo, los colombianos siguen la fila de espera. 

El desembolso de la compra de sentencias y conciliaciones para víctimas del Estado tienen un retraso distinto dependiendo de la entidad deudora. Los expertos de Conactivos afirman que actualmente se están haciendo desembolsos con turnos de pago que corresponden a las siguientes fechas: mayo 2015, marzo 2014 y conciliaciones de junio 2014,segundo semestre de 2017 y último trimestre de 2017.

Lo anterior quiere decir que hay un atraso de siete años, es decir, se estima que los beneficiarios de las sentencias más recientes deberán esperar entre el año 2023 al 2026 para recibir lo que les corresponde.

¿Cómo recibir el pago de la compra de sentencias en el primer semestre de 2021?

En todos los casos, sin importar el año en que hayan sido aprobadas, los beneficiarios de las sentencias y conciliaciones de Reparación Directa del Orden Nacional, debidamente ejecutoriadas y con cuenta de cobro presentada, tienen la oportunidad de acogerse a la modalidad de compra de sentencias que les ofrece Conactivos, si tienen un valor entre 50 y 10 mil millones de pesos. 

De esta forma, tendrán la posibilidad de reducir años de espera a tan solo un periodo de uno a cuatro meses, para que tengan la posibilidad de poseer el recurso económico en un menor tiempo, obteniendo la liquidez que proviene del proceso, sin la demora que implica esperar a que el Estado les efectúe el pago. Además con los siguientes cuatro principales beneficios:

  1. La posibilidad de poseer el recurso económico en un menor tiempo, obteniendo la liquidez en el momento que realmente lo necesitan. 
  1. Mejorarán su calidad de vida y la de sus seres queridos, importante en este momento de crisis económica. 
  1. Finalizará un largo proceso judicial y sus trámites engorrosos, dedicando más tiempo a las cosas valiosas e importantes de la vida.
  1. Es un proceso legal, ágil y con total transparencia. 

Debe saber que el éxito de la compra de sentencias solo se dará si se realiza una asesoría de abogados, como en el caso de Conactivos que cuentan con la siguiente experiencia: Más de 1.500 beneficiarios, 100 por ciento de sus clientes mejoró su situación financiera, 70 por ciento de los anteriores reconoció que gracias a la compra de sentencias, el 40 por ciento diversificó su patrimonio con nuevas inversiones. 

Para la compra de sentencias hay que tener en cuenta que en Colombia las Entidades estatales no sólo están obligadas a pagar las sentencias y conciliaciones proferidas en su contra, también deben incluir los intereses que las mismas generen por el retraso de su pago, porque así lo establece el Código de Procedimiento Administrativo y de lo contencioso Administrativo artículos 192 y 195.